ABSOLUCIÓN

La Audiencia Provincial de Asturias exonera a Francisco Álvarez Cascos de apropiación indebida

Entre otros motivos, había un acuerdo en la dirección sobre la remuneración y gastos del entonces presidente de Foro Asturias

Arturo Téllez

Oviedo |

La Audiencia Provincial de Asturias exonera a Francisco Álvarez Cascos de apropiación indebida
La Audiencia Provincial de Asturias exonera a Francisco Álvarez Cascos de apropiación indebida | Captura YouTube Principado de Asturias

Francisco Álvarez Cascos, absuelto de apropiación indebida. La sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias no aprecia ni el " ánimo apropiatorio" ni otros elementos definitorios de este tipo penal. A la vista del caso enjuiciado, los requisitos de este delito “revelan la dificultad, por no decir la imposibilidad, de subsumir la conducta del acusado en el tipo penal”.

Como Cascos hacía pagos por adelantado y luego pedía su reintegro con los tickets, tampoco había ánimo de ocultación. Los magistrados no dirimen si esos gastos, desde comidas, regalos, viajes o muebles eran parte de la actividad política del entonces presidente de Foro. La determinación de si los gastos eran o no referidos a la actividad política “no es algo que el Tribunal tenga que explorar pues no es nuestra función entrar en la evaluación del régimen o gobierno de la formación política”. Así, gastos como espectáculos, restauración o procesales, “si el acusado mantiene que formaban parte del pacto de conservación de su capacidad económica” y lo declaran varios testigos, “esa versión exculpatoria cuenta con el aval de un dato empírico, a saber, que fueron abonados al acusado conforme al mecanismo de liquidación y control” de reintegro de tickets por gastos adelantados por Cascos.

El tribunal considera que había un acuerdo de la dirección de Foro que permitía el régimen remuneratorio y de gastos de Álvarez Casos. “Tal acuerdo, que es razonablemente comprensible para motivar a la persona buscada para liderar el proyecto político que se ponía en marcha, es referido por el acusado y confirmado por testigos destacados como Martínez Oblanca, Pedro Leal, Javier Canal, José Ramón Campo y Pelayo Roces”.

Los gastos se sabían en la Comisión Directiva del partido y estaban disponibles para quien los quisiese conocer. “Nadie cuestionó nunca las partidas identificativas de los gastos que nos ocupan”. Cita al testigo Ignacio Iglesias cuando dijo que se le dijo que las cuentas estaban disponibles pero también reconoció que nunca las pidió.

Respecto al alquiler de una sede de Foro Asturias en la avenida de la Castellana de Madrid para las europeas de 2014, la resolución de la Audiencia indica que “el contrato se celebró, se cumplió y se canceló y durante su vigencia se dio el uso correspondiente a sus instalaciones documentándose contablemente los gastos que comportaba”. La sentencia concluye que “la sede existió y se utilizó y quien, perteneciendo a la estructura orgánica del partido lo niegue, será porque se conducía despreocupadamente respecto a los intereses de la formación”.

Recordamos que, en su alegato final, Cascos dijo que por su comportamiento “todos los senadores y diputados desde 1977 debería estar en el banquillo”. Habló de una “campaña mediática de alquitrán” que le había dañado a él y su familia.

La querella por apropiación indebida contra Álvarez Cascos fue promovida por la actual dirección y su presidenta Carmen Moriyón.