Regulación

¿Se debe regular la presencia de menores en redes sociales cuando obtienen beneficios?

Son millones, los menores de 15 años que están presentes en las redes sociales y uno de cada tres jóvenes de entre 15 y 29 años quiere dedicarse a ser youtuber. Ante esto, desde España se quiere hacer como en Francia y regularizar la presencia y el trabajo de los menores en las redes sociales para protegerles.

Lourdes Funes

Zaragoza |

Jóvenes grabando un vídeo para redes sociales / Pexels/Artem Podrez

La sobreexposición de menores en redes sociales es un tema que preocupa cada vez más por los efectos negativos que puede tener para los menores y cada vez son más los niños y niñas de menos de 15 años tienen millones de seguidores gracias a los vídeos que sus padres cuelgan en Instagram, Tik Tok o Youtube. Algunas veces como protagonistas secundarios, otras como protagonistas al tener su propio canal o cuenta.

Una medida que viene fomentada al interés que suscita y es que hay estudios que indican que las publicaciones en las que aparece un menor obtienen en torno a un 40% más de likes. Desde el Ministerio de Juventud e Infancia se quiere proteger a los menores y se está trabajando en un nuevo reglamento. El letrado y miembro del Colegio de Abogados de Zaragoza, Francisco García Berenguer, explica que esta propuesta pretende regular la relación laboral de los trabajadores de artes escénicas y creadores digitales de tal manera que se asemeje a lo que han hecho, por ejemplo, en Francia desde 2022.

En esta propuesta se pretende que cualquier menor que trabaje en un rodaje o espacios digitales cuente con la autorización y regulación administrativa, así como la obligatoriedad de la presencia de los padres en el rodaje o grabación, se garantice la escolarización de esos menores y se establece límites de horarios. Quizá lo más novedoso y que indica el letrado es que se establece que una institución financiera custodie el dinero que se obtenga de esa intervención del menor hasta que tenga la mayoría de edad y pueda disponer de los beneficios.

Uno de los objetivos viene marcado también, como explica García Berenguer, es que las marcas no puedan aprovecharse de realizar publicidad encubierta y que haya mecanismos de control de esta actividad en la que, en la mayoría de las ocasiones no son conscientes de que están sometiendo a sus hijos a un trabajo. De hecho, el letrado recuerda que hay otras normas pendientes como la Ley de Protección del Menor en el Ámbito Digital.