SUCESOS

Tráfico investiga a un hombre por hacerse pasar por el conductor de un vehículo accidentado y ocultar su embriaguez

La Guardia Civil tuvo conocimiento de un siniestro en la carretera SE-9006 (San Ignacio del Viar - Alcalá del Río) en el término municipal de Alcalá del Río, como resultado de la salida de vía de un turismo, según informa en una nota de prensa. Los agentes encontraron el vehículo y a un joven de 19 años, "que dijo ser el conductor del mismo" y a otra persona de 41 años "con evidentes síntomas de embriaguez que manifestó ser ocupante del mismo".

Onda Cero Sevilla

Sevilla | 30.08.2023 11:43

Un agente realiza una prueba de alcoholemia
Un agente realiza una prueba de alcoholemia | Agencia EFE

Agentes del Destacamento de Tráfico de Lora del Río (Sevilla) investigan a al conductor de un vehículo y a su ocupante, el primero de ellos por alcoholemia y el otro por encubrimiento, ya que, supuestamente, intentó engañar a los agentes haciéndose pasar por el conductor del turismo siniestrado.

"Ante los signos de nerviosismo mostrados por los ocupantes, y no coincidir las manifestaciones dadas por ambos sobre el accidente, los agentes realizaron a ambos la prueba de alcoholemia, obteniendo un resultado negativo al supuesto conductor, mientras que el acompañante dio positivo (0,95 mg/l en la segunda prueba), por lo que la Guardia Civil sospechó que el conductor del vehículo podría ser la persona que se identificó como ocupante.

Al día siguiente, se retractó de la declaración realizada ante los agentes y manifestó que él no era el conductor del vehículo, sino el ocupante, y "que fue requerido por éste cuando tuvo el siniestro vial para que se identificara como conductor ante los agentes".

El delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, con tasas superiores a 0,60 miligramos/litro, se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.