Una de las cuestiones más incómodas que deben afrontarse en las reuniones de las comunidades de propietarios, suele ser el de la existencia de morosos. Esta cuestión genera no pocos debates y, en función de la cuantía de los impagos, puede llevar a las comunidades a la puesta en marcha de medidas legales reclamando el pago de los atrasos, pero, una de las cuestiones más escabrosas de este asunto es saber si se puede o no dar a conocer el nombre de los vecinos que no están al corriente de pagos en un tablón de anuncios o de forma pública por otras vías.
Jesús Terradillos, miembro de la Junta de Gobierno del Colegio de Administradores de Fincas de Málaga y Melilla, nos da a conocer hasta donde pueden llegar legalmente las Comunidades de Propietarios.
