Fue condenado a seis años de cárcel como autor de violación, la pena mínima prevista para este delito en el anterior Código Penal. La defensa solicitó entonces la revisión y se aceptó, rebajando a cuatro años la pena.
El TSJA advierte que, "no en todos los casos" en los que se haya modificado a la baja el límite de la pena asignada a uno de los delitos, "se debe proceder a una revisión automática de la misma".
Mantiene que, con la nueva regulación, la pena "debe mantenerse por resultar proporcionada a la gravedad de los hechos".