ELECCIONES 28M

¿Se puede votar con el DNI caducado en las elecciones autonómicas y municipales?

Patricia Camacho

Madrid | 28.05.2023 08:04

¿Se puede votar con el DNI caducado en las elecciones autonómicas y municipales?
¿Se puede votar con el DNI caducado en las elecciones autonómicas y municipales? | ACN

España se prepara para un año marcado por las elecciones. La primera fecha que hay que tener fijada en el calendario es el 28 de mayo, donde más de 35 millones de ciudadanos ejercerán su derecho al sufragio en los comicios municipales y autonómicos. Pero para ello, no solo necesitan estar registrados en la lista del censo, sino también presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI). Pero, ¿Qué pasa si está caducado?

¿Es posible votar con el DNI caducado?

Si el día de las elecciones tienes el DNI caducado, no pasa nada, ya que esto no impide que se pueda depositar el sobre de votación en la urna, como tampoco imposibilita solicitar el voto por correo. No obstante, es recomendable tener todos los documentos actualizados antes de las elecciones.

En España también está permitido presentar otros documentos como sustituto del DNI, entre ellos, el carnet de conducir, el pasaporte y la tarjeta de residencia (en el caso de los extranjeros). Eso sí, deben ser originales, por lo que las fotocopias no están permitidas.

Cómo es el procedimiento para votar

El 28 de mayo, a las 9 de la mañana, los colegios electorales abrirán sus puertas. Una vez allí, los ciudadanos tendrán que manifestar su nombre y apellidos al Presidente de la Mesa Electoral.

Cuando el elector se identifique, el Presidente le entregará un sobre de votación cerrado, dirá su nombre en voz alta y añadirá un 'Vota'. Es entonces cuando el ciudadano tiene que introducir su sobre en la urna.

Todo elector debe recibir un justificante que acredite haber ejercido su derecho de sufragio.

Quiénes pueden votar en España

Todos los españoles mayores de 18 años que estén registrados en el Censo Electoral pueden votar en las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo.

Además, cabe destacar que "toda persona podrá ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente" y "nadie puede ser obligado o coaccionado bajo ningún pretexto en el ejercicio de su derecho de sufragio, ni a revelar su voto", tal y como recoge la Junta Electoral Central.