La Junta Electoral Central (JEC) ha advertido al ministro de Presidencia, Félix Bolaños, que "extreme su diligencia" en actos institucionales como las ruedas de prensa del Consejo de Ministros y evite realizar apreciaciones con connotaciones electoralistas que descalifican al PP y ensalzan las "realizaciones y logros" del Gobierno.
Considera que Bolaños ese día efectuó "valoraciones y apreciaciones críticas que transmiten, siquiera indirectamente, la idea de que el proyecto político del principal candidato de otra formación política es un proyecto destructivo con el que se quiere castigar a los españoles y que persigue retroceder en relación con avances realizados por el Gobierno", que resultan "apreciaciones negativas que el electorado fácilmente asociará con la formación política a la que pertenece" el ministro.
La JEC ha estimado así un parcialmente un recurso del PP contra Bolaños por unas declaraciones durante la rueda de prensa del Consejo de Ministros del 6 de junio y le ha recordado que, desde la convocatoria de las elecciones hasta su celebración, la ley electoral prohíbe "cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos por las autoridades públicas".
No obstante, la JEC considera que las afirmaciones de Bolaños fueron "espontáneas" y "en ausencia de premeditación", pero reitera que ello no exime al ministro "del deber de diligencia con el que debe comportarse en sus intervenciones institucionales, evitando la emisión de manifestaciones con connotaciones electoralistas, incluso en aquellas situaciones en las que haya periodistas que le formulen preguntas".
Así, la JEC le insta a que evite "vulnerar el principio de neutralidad que los poderes públicos están obligados a respetar durante el proceso electoral".
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"En definitiva, la realización de alusiones y apreciaciones valorativas con connotación electoralista podría resultar legítima en el curso de un acto de campaña o en el ordinario ejercicio de la libertad de expresión, pero no en el desempeño de la actividad institucional propia de una autoridad pública", concluye