OPINIÓN

Monólogo de Alsina: "Sé colocar los adjetivos y también sé que en un caso como el de La Manada mi opinión no vale nada"

La última palabra aún no está dicha.

Le corresponderá al Tribunal Supremo —una vez que se agoten todos los recursos, que los habrá— establecer si estos cinco individuos que se hacen llamar a sí mismos la manada abusaron sexualmente de su víctima o la violaron después de intimidarla.

Le corresponderá, al final del camino al Supremo, decidir si son nueve años de cárcel los que cumplen o acaban siendo más.

El primer tribunal que ha juzgado, la Audiencia de Navarra, ha dado crédito al relato de la chica y se lo ha negado a los cinco procesados: no fue una relación sexual consentida. Ella no tuvo sexo con ellos (si es que a esto se le puede llamar tener sexo) porque lo deseara.

El abogado defensor de la manada, que durante el juicio les dijo a los periodistas que estos cinco saldrían absueltos porque no había base para condenarlos, pecaba, como se ha visto, de exceso de autoestima. El testimonio de la víctima ha sido el elemento principal (junto con el vídeo) para condenar a la manada.

No es éste el debate, como usted sabe, que ha generado la sentencia. El debate es sobre si los cinco condenados recurrieron a la violencia para imponer su voluntad a la víctima o les bastó con su situación de superioridad: cinco hombres fuertes contra una chica a la que se han encontrado sola en la calle, de madrugada. ¿Sólo eso no es acaso intimidatorio? ¿No hay ahí ya suficiente violencia para afirmar que existió violación?

Me permiten que les cuente una cosa antes de seguir.

Los que hicimos la EGB teníamos un último curso, antes ir a la universidad, que se llamaba el COU, "curso de orientación universitaria2. Cuando yo cursé el COU nos hicieron a los alumnos una encuesta para saber qué materias nos interesaban más y si teníamos alguna vocación concreta. Luego un orientador cogía los resultados, te citaba en su despacho y te decía: deberías elegir esta carrera. A mí el orientador me dijo: "deberías estudiar la carrera judicial". Y yo, adolescente ingenuo, le dije: "pero si en mi encuesta lo que sale es que me interesa sobre todo el periodismo". Él dijo: "ya, pero eso no es una carrera, es una ocupación menor y con pocas salidas". Y yo, aún más ingenuo, repliqué: 2pero es que yo no quiero ser juez, no quiero tener la responsabilidad de juzgar, yo sólo quiero contar lo que veo".

Con el tiempo he entendido que aquel orientador era un adelantado a su tiempo. O mejor, al nuestro. El periodista, cada vez más, juzga y sentencia, pero sin el engorro de haber hecho no sé cuántos años de oposiciones y de carrera y sin la responsabilidad que supone que tu juicio aparezca bajo un título llamado "sentencia" y decida los siguientes años de la vida de una persona.

A mí con la sentencia de la manada me pasa lo que a Juan Soto Ivars, le he leído en El Confidencial. Que repaso el relato de hechos que hace el tribunal, ese habitáculo donde cinco tipos rodean a una chica, sin otra salida que la puerta donde están ellos, que le quitan la ropa, la agarran, ella siente el agobio, la angustia, ella —debido a esa angustia— hace lo que le van diciendo los cinco tipos que haga, primero la felación a todos ellos, luego tres de los individuos la penetran mientras ella mantiene los ojos cerrados, angustiada; y concluyo que a esta chica la violaron. Si yo hubiera formado parte del tribunal, habría dicho: hubo violación. Y habría dicho: claro que hubo intimidación.

Pero luego recuerdo por qué no formo parte del tribunal. Carezco de formación y de experiencia. Uso las palabras para que usted y yo nos podamos entender, no porque tenga presente las implicaciones técnicas y jurídicas de cada uno de los conceptos. Por eso digo "violación" cuando la ley lo que dice es "agresión sexual". Atentar contra la libertad sexual utilizando violencia o intimidación. Y caigo enseguida en la cuenta —no le voy a engañar— de que hasta ayer no me había puesto a leer sobre la diferencia entre la intimidación y el prevalimiento. Caigo en la cuenta de que hasta ayer no me había parado a mirar cómo define el código penal la intimidación, porque yo lo que sé (periodista que no juez) es cómo la define el diccionario.

Caigo en la cuenta de que no he asistido a las sesiones de la vista oral ni he visto el vídeo que sido determinante para el tribunal ni he examinado con detenimiento ninguna otra de las pruebas. Y por eso me digo a mi mismo, y ahora les digo a ustedes: yo habría dicho ‘violación’, habría dicho “claro que hay violencia”, pero no es más que la opinión de alguien que nunca ha formado parte siquiera de un jurado popular. Y que si algún día le toca serlo intentará, seguramente, que le liberen de esa responsabilidad porque le abruma el peso. Yo sé emitir una opinión. Sé colocar los adjetivos: humillante, incomprensible, insoportable. Y también sé que, en un caso como éste, mi opinión significa muy poco. Y que los adjetivos los escojo yo para reforzar mi propia opinión.

El debate que hoy tenemos no versa sobre la pena que les ha caído a los procesados, el número de años. Sino sobre la existencia de violencia en el comportamiento de estos cinco individuos. O sobre cómo está definida la violencia en las agresiones sexuales. Y si esa definición requiere de una revisión urgente.

Esto no es ponerse purista. Ni equidistante. No cabe ser equidistante cuando hay una víctima y cinco agresores.

Yo prefiero que un juez sea purista a que le dé lo mismo ocho que ochenta.

Pero si una sentencia genera una confusión tan notable en una materia tan sensible —qué es y qué no es intimidación— conviene que la confusión, y la alarma, se despeje.

• La violación tiene penas de entre seis y doce años de cárcel.

• El abuso sexual con penetración, de entre cuatro y diez años.

A los individuos éstos de La Manada les han caído nueve años.

No han sido absueltos. No han quedado libres. Y no ha bendecido el tribunal su comportamiento criminal.