Jacobo de Regoyos | @JRegoyos
Madrid | 13.02.2018 13:25
En la sentencia se califica de "inconsistente" el relato de los demandantes, pero al mismo tiempo se dice que están suficientemente probadas las lesiones y que estas ocurrieron cuando se encontraban en manos de la Guardia Civil.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos también dice que el maltrato también puede calificarse de tortura, pero añade de nuevo que fue lo "suficientemente grave" como para poder ser considerado trato inhumano y degradante.
Dado que los demandantes estaban bajo custodia, correspondería al Estado la carga de la prueba y las autoridades, se dice, no han presentado argumentos creíbles que las justifiquen.
Por todo ello, se condena a España a pagar a Martín Sarasola y a Igor Portu, 20.000 y 30.000 euros respectivamente por daños morales. En total, entre los dos, 50.000 euros.