Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar, recoger datos estadísticos y mostrarle publicidad relevante. Si continúa navegando, está aceptando su uso. Puede obtener más información o cambiar la configuración en política de cookies.

Disfruta de la app de Onda Cero en tu móvil.

ELECCIONES MUNICIPALES

Voto en blanco, nulo o abstención, ¿a quién beneficia cada uno?

Con el fin de la campaña electoral, cada vez se acerca más el momento decisivo de ir a votar. Aquellos que, por el motivo que sea, no quieren apoyar a ningún partido en los comicios, se encuentran con tres posibilidades: votar en blanco, nulo o abstenerse.

Agencias | Madrid
| 23/05/2015
Urna electoral

Urna electoral / Agencias

No todo el mundo tiene claro a quien votar estas elecciones y muchos tomarán la decisión de no introducir la papeleta de ningún partido político en las urnas el próximo domingo.

Para todos aquellos que no quieren depositar un voto a favor de ninguna candidatura quedan tres opciones; votar en blanco, nulo o directamente no hacerlo y abstenerse de ir a su colegio electoral. Pero ¿cuáles son las diferencias y las consecuencias por decantarse por una u otra?

VOTO NULO

El voto nulo se produce cuando dentro del sobre hay algún objeto o símbolo 'de más', es decir, cuando por ejemplo el sobre contiene más de una papeleta de dos candidaturas (si las dos son de la misma, se considera un voto válido). Cuando solo tiene una pero está marcada más de una vez o cuando en el sobre hay algún objeto o frase que no debería estar ahí también se considera nulo. Estos votos se consideran como "voto emitido no válido" y no cuentan para realizar el reparto de escaños, por lo que no benefician ni perjudican a nadie.

VOTO EN BLANCO

El voto blanco, por su parte, se da cuando dentro del sobre no hay nada. Es decir, una persona ha ido hasta el colegio electoral y en su sobre no ha metido ninguna papeleta. Según la actual Ley Electoral española, esta clase de voto se considera válido, por lo que se suma a los votos obtenidos por las diferentes candidaturas para hacer el reparto de escaños

En teoría, esta forma de voto perjudica a los partidos pequeños. Aunque los especialistas aseguran que en realidad ni perjudica ni beneficia ya que se rige por la ley d´Hondt. Ésta ley excluye a los partidos que obtengan menos de un 3% de los votos, lo que hace que al introducir los votos en blanco una candidatura necesite más votos para formar un escaño, por lo tanto beneficia a los partidos mayoritarios.

Por ejemplo: en una circunscripción imaginaria en la que ha habido 1.000 votos a candidaturas, 200 en blanco y 50 nulos, teniendo en cuenta sólo los votos a candidaturas un partido necesitaría 30 votos (el 3%) para conseguir un escaño, mientras que al tener en cuenta los votos en blanco requeriría 36 (el 3% de 1.200).

LA ABSTENCIÓN

La abstención es simplemente no ir a votar ni, lógicamente, introducir ningún voto. Al no haber voto, éste no se suma y no afecta a los resultados.

Sobre el significado de la abstención, en este caso es mucho más difuso, pues no se sabe por qué la persona no ha ido: si es por indiferencia, descontento con el sistema electoral, enfermedad, etcétera.